{"id":86184,"date":"2022-12-06T11:57:13","date_gmt":"2022-12-06T14:57:13","guid":{"rendered":"https:\/\/wagemann-consulting.com\/?p=86184"},"modified":"2022-12-06T11:58:15","modified_gmt":"2022-12-06T14:58:15","slug":"revista-the-legal-industry-reviews-publica-columna-desarrollada-por-fernando-landeros-en-torno-a-los-4-elementos-principales-que-explican-una-problematica-comun-en-el-caso-de-arbitra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/2022\/12\/06\/revista-the-legal-industry-reviews-publica-columna-desarrollada-por-fernando-landeros-en-torno-a-los-4-elementos-principales-que-explican-una-problematica-comun-en-el-caso-de-arbitra\/","title":{"rendered":"Revista \u2018The Legal Industry Reviews\u2019 publica columna de Fernando Landeros sobre los 4 elementos que explican una problem\u00e1tica com\u00fan en el caso de arbitrajes de construcci\u00f3n: \u00bfpor qu\u00e9 dos informes de expertos pueden llegar a conclusiones diferentes habiendo analizado el mismo problema?"},"content":{"rendered":"<p>En esta segunda columna publicada por la revista <em>The Legal Legal Reviews<\/em> a fines de noviembre de este a\u00f1o, <strong>el socio de WAGEMANN Abogados &amp; Ingenieros, Fernando Landeros, se refiere en esta oportunidad a las razones que explican una problem\u00e1tica com\u00fan en el caso de arbitrajes de construcci\u00f3n<\/strong>: \u00bfpor qu\u00e9 dos informes de expertos pueden llegar a conclusiones diferentes habiendo analizado el mismo problema?<\/p>\n<p>Como siempre ocurre frente a fen\u00f3menos complejos, Fernando Landeros afirma que las explicaciones &#8220;pueden ser variadas y depender\u00e1n de cada caso; por eso, a continuaci\u00f3n, comentaremos algunas situaciones a tener presentes, en especial por qui\u00e9nes est\u00e1n llamados a impartir justicia en materia de juicios o arbitrajes&#8221;.<\/p>\n<p>En este sentido, y partiendo de la base de que todo informe t\u00e9cnico debe responder a principios de objetividad, imparcialidad, independencia y veracidad, y asumiendo que dichas condiciones se cumplen, <strong>las diferencias entre dos informes de expertos se pueden explicar a partir de cuatro elementos principales<\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong><em>Expert reports<\/em><\/strong><strong>: \u00bfc\u00f3mo dos informes t\u00e9cnicos de parte pueden llegar a conclusiones diferentes \u2013e incluso opuestas\u2013 habiendo analizado el mismo caso? (2\/6)<\/strong><\/h2>\n<p><span style=\"color: #0000ff;\">Por: Fernando Landeros, socio de WAGEMANN Abogados &amp; Ingenieros<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tal como hemos se\u00f1alado en la columna anterior, el Informe Pericial decretado por el tribunal, as\u00ed como tambi\u00e9n el Informe de Experto de parte son piezas relevantes en el arbitraje y juicios de construcci\u00f3n, atendida la naturaleza t\u00e9cnica de las disputas.<\/p>\n<p>Si un informe t\u00e9cnico es, en esencia, un trabajo de orden cient\u00edfico, \u00bfc\u00f3mo se explica entonces que, habiendo analizado la misma controversia, dos informes t\u00e9cnicos de parte (<em>Expert Witness Report<\/em>) lleguen a conclusiones diferentes e incluso opuestas?<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n, que podr\u00eda creerse inusual, es m\u00e1s com\u00fan de lo que parece y agrega mayor complejidad a la hora de resolver las disputas.<\/p>\n<p>Para hacer frente a esto, <strong>se han desarrollado distintas herramientas procesales, a veces propuestas por el tribunal, en otras por las partes, y que tienen por objetivo confrontar dos posiciones t\u00e9cnicas a fin de que el tribunal pueda extraer los elementos necesarios para la formaci\u00f3n de su propia convicci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n<p>Dentro de estas herramientas se encuentran, adem\u00e1s de las habituales declaraciones testimoniales, careo cruzado de peritos o <em>hot tubbing<\/em>; c\u00f3nclaves de trabajo conjunto entre los expertos opuestos, cuyo objetivo es identificar aquellos aspectos en que los expertos coinciden y aquellos en los que difieren; o incluso, desarrollo de informes conjuntos a fin de que los expertos opuestos puedan moderar sus posiciones alcanzando posiciones comunes entre ellos.<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de la efectividad de estas herramientas procesales, las cuales tendr\u00e1n un mayor o menos uso dependiendo del contexto y sofisticaci\u00f3n del procedimiento, a efectos de esta columna, nos resulta interesante abordar la pregunta inicialmente planteada a partir de cuatro elementos esenciales.<\/p>\n<ol>\n<li><strong><em>Definici\u00f3n del alcance<\/em><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El alcance de un informe t\u00e9cnico es un asunto sustantivo y define cu\u00e1l es el \u00e1mbito de acci\u00f3n del estudio que se ha encomendado. <strong>En consecuencia, dos informes t\u00e9cnicos podr\u00e1n llegar a conclusiones diferentes si sus alcances son distintos<\/strong>.<\/p>\n<p>A modo de ejemplo: un alcance podr\u00eda ser determinar el precio de una determinada obra adicional conforme los precios unitarios pactados en el contrato. Mientras que otro informe podr\u00eda tener por alcance determinar el gasto real incurrido en la ejecuci\u00f3n de la misma obra adicional. Dado que las preguntas y alcances definidos son distintos, ambos informes probablemente llegar\u00e1n a conclusiones distintas. <strong>Lo importante es reconocer que los resultados de ambos informes no son comparables puesto que responden a preguntas distintas<\/strong>.<\/p>\n<p>Resulta recomendable entonces que todo informe t\u00e9cnico comience con una definici\u00f3n clara de su alcance y de la pregunta t\u00e9cnica que pretende resolver.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong><em>Antecedentes utilizados<\/em><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Los antecedentes utilizados resultan ser tambi\u00e9n un asunto de atenci\u00f3n, puesto que la ausencia o presencia de determinada informaci\u00f3n podr\u00eda modificar las conclusiones de un informe t\u00e9cnico. En consecuencia, <strong>dos informes t\u00e9cnicos podr\u00e1n llegar a conclusiones diferentes si la informaci\u00f3n que utilizan es distinta.<\/strong><\/p>\n<p>Cuando estamos frente a informes de experto de parte, en la mayor\u00eda de los casos, la informaci\u00f3n que analizar\u00e1 el experto ser\u00e1 provista por la misma parte interesada, siendo esta informaci\u00f3n la que sustentar\u00e1 el an\u00e1lisis y las conclusiones del experto. Esto en atenci\u00f3n tambi\u00e9n de que, normalmente, el experto de parte no es testigo presencial de los hechos que analiza y, por tanto, la \u00fanica forma que tiene de conocer del problema es a trav\u00e9s de la informaci\u00f3n disponible.<\/p>\n<p>Resulta recomendable entonces que <strong>todo informe t\u00e9cnico detalle la informaci\u00f3n que utiliz\u00f3 para su an\u00e1lisis y las partes se pregunten si dichas conclusiones habr\u00edan cambiado de tener otra informaci\u00f3n a la vista<\/strong>.<strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong><em>Metodolog\u00eda empleada<\/em><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Probablemente, las diferencias metodol\u00f3gicas entre expertos sea el asunto m\u00e1s complejo de entender por los tribunales, puesto que se trata de asuntos de alta complejidad t\u00e9cnica. En efecto, aunque dos informes t\u00e9cnicos tengan el mismo alcance y utilicen la misma informaci\u00f3n, podr\u00e1 llegar a conclusiones diferentes si es que utilizan tambi\u00e9n metodolog\u00edas distintas.<\/p>\n<p>Esto es particularmente cr\u00edtico en materia de <em>delay an\u00e1lisis,<\/em> cuando la pregunta a resolver es qui\u00e9n es responsable del retraso que experiment\u00f3 la ejecuci\u00f3n del proyecto. En este campo, <strong>la industria ha desarrollado distintas formas t\u00e9cnicas de resolver la pregunta de los retrasos, dependiendo del momento en que se encuentra la obra, el tipo y calidad de informaci\u00f3n disponible entre otros<\/strong>.<\/p>\n<p>En esta materia es vital comprender si el problema a resolver requiere de una mirada retrospectiva, es decir, mirar hacia atr\u00e1s sobre hechos ya ocurridos; o bien, una mirada prospectiva, si lo que se requiere es estimar o planificar hacia el futuro los retrasos que provocaran determinados hechos. La experiencia muestra que <strong>no da lo mismo la elecci\u00f3n de la metodolog\u00eda de an\u00e1lisis y muchas veces resulta ser el principal asunto a tener presente<\/strong>.<\/p>\n<p>Resulta recomendable entonces que todo informe t\u00e9cnico explique qu\u00e9 metodolog\u00eda est\u00e1 utilizando, los motivos para su elecci\u00f3n y si dicho m\u00e9todo est\u00e1 reconocido en el medio.<strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong><em>Premisas jur\u00eddicas o Teor\u00eda del caso<\/em><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Finalmente, existe otra raz\u00f3n por la cual dos informes t\u00e9cnicos podr\u00edan llegar a conclusiones distintas a pesar que coincidir en los tres puntos anteriores. Esto se relaciona con las premisas jur\u00eddicas o la \u201cteor\u00eda del caso\u201d que el informe t\u00e9cnico de parte busca respaldar.<\/p>\n<p><strong>Si bien los informes t\u00e9cnicos no est\u00e1n llamados a realizar an\u00e1lisis jur\u00eddicos o legales, es innegable que dicha dimensi\u00f3n tiene un efecto en las conclusiones o an\u00e1lisis que los expertos realizan.<\/strong><\/p>\n<p>Frente a un determinado evento o situaci\u00f3n, <strong>es posible tener m\u00e1s de una interpretaci\u00f3n jur\u00eddica o legal respecto de los derechos que parte tendr\u00e1<\/strong>, cuesti\u00f3n que puede modelar las conclusiones de un peritaje t\u00e9cnico en una forma u otra.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed el asunto es m\u00e1s delicado, puesto que no es un aporte que el informe t\u00e9cnico se refiera o analice cuestiones de car\u00e1cter jur\u00eddico o legal, pero s\u00ed asumir\u00e1 ciertos supuestos en relaci\u00f3n a ellos. Estos supuestos ser\u00e1n punto de partida de muchos an\u00e1lisis y podr\u00e1n ser supuestos entregados por la propia parte que encarga el informe.<\/p>\n<p><strong>Lo relevante del asunto es identificar dichos supuestos y preguntarse si las conclusiones del informe podr\u00edan cambiar si es que se modifican tambi\u00e9n dichos supuestos.<\/strong><\/p>\n<p>Ejemplos de esto abundan, s\u00f3lo por mencionar algunos: (i) caducidades de derechos a consecuencia de plazos o procedimientos contractuales no cumplidos; (ii) existencia de acuerdos alcanzados por las partes cuando qui\u00e9n tom\u00f3 dichos acuerdos no fueron los representantes de las partes; (iii) riesgos contractuales; (iv) interpretaci\u00f3n de renuncias; (v) cuantificaci\u00f3n de da\u00f1os por medio de fijaci\u00f3n de precios sobre reglas que no est\u00e1n en el contrato, entre muchos otras.<\/p>\n<p>Resulta recomendable entonces que <strong>todo informe t\u00e9cnico identifique los supuestos jur\u00eddicos o legales que est\u00e1 empleado en su an\u00e1lisis y que corresponden a un esqueleto espec\u00edfico de decisi\u00f3n que se ha adoptado, en la mayor\u00eda de los casos, conforme la teor\u00eda del caso que busca respaldar.<\/strong><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #0000ff;\">Para revisar la versi\u00f3n publicada de la columna, haga click en el siguiente enlace:\u00a0 <a style=\"color: #0000ff;\" href=\"https:\/\/wagemann-consulting.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/The-Legal-Industry-Reviews-Chile-Vol14-November-2022.pdf\">The Legal Industry Reviews, Chile Vol14, November 2022<\/a><\/span><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En esta segunda columna publicada por la revista The Legal Legal Reviews a fines de noviembre de este a\u00f1o, el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":86121,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"nf_dc_page":"","_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[126],"tags":[887,888,763,889,764,890,765,891,768,892,799,893,800,801,804,806,810,883,884,885,886],"class_list":["post-86184","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-prensa","tag-informe-pericial-construccion","tag-infraestructura-chile","tag-alex-wagemann","tag-construccion-chile","tag-elina-mereminskaya","tag-hot-tubbing","tag-fernando-landeros","tag-delay-analysis","tag-construction-contracts","tag-informe-tecnico-construccion","tag-contratos-construccion","tag-informes-tecnicos-de-parte","tag-construction-law","tag-abogados-construccion","tag-arbitrajes-construccion","tag-claim-contract-management","tag-disputas-construccion","tag-juicios-construccion","tag-expert-reports","tag-expert-reports-construction","tag-tribunales-arbitrales-construccion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86184","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=86184"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86184\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":86192,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86184\/revisions\/86192"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/86121"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=86184"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=86184"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/respaldo.wagemann-consulting.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=86184"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}